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martes, 19 de mayo de 2020

ESTAS DISPOSICIONES SON OBLIGATORIAS PARA PODER ABRIR LAS EMPRESAS A PARTIR DE ESTE MIÉRCOLES


Dentro de la nueva realidad que significa convivir con el COVID-19, se han propuesto medidas puntuales para prevenir su contagio mientras avanzamos a la reactivación laboral en el país.
En este documento se detallan los protocolos generales que deben seguir todas las empresas a nivel nacional, como un marco regulatorio que guíe la reapertura de cada sector.
Con el fin de prevenir el contagio, todas las empresas que vuelvan al trabajo requerirán de protocolos obligatorios de prevención, distanciamiento e higiene, así como toma de temperatura y realización de pruebas.
Las disposiciones para cada sector se encuentran disponibles en el siguiente enlace
También se han dispuesto horarios diferenciados para la apertura con el fin de evitar aglomeraciones. A las 7 de la mañana podrán realizar su apertura supermercados, farmacias, sector construcción, industria y manufacturas, minería, canteras, agropecuaria y puertos y aeropuertos.
El turno de los empleados del sector público será a las 8 de la mañana. Del mismo modo, a las 9 de la mañana abrirán comercios como ferreterías, concesionarios de vehículos, talleres, tiendas de muebles y electrodomésticos, así como los sectores financiero y servicios.
El horario de salida del personal será acorde a lo establecido en el Código de Trabajo.
Por otra parte, a aquellos trabajadores a los que les resulte absolutamente esencial salir durante el toque de queda ya pueden disponer del nuevo formulario de solicitud de salvoconducto en la página web  https://coronavirusrd.gob.do/.
Este salvoconducto estará asociado con su cédula de identidad, por lo que deberán llevarla consigo.
Dicho documento no será necesario para transportistas de mercancías y combustibles y empleados públicos de servicios esenciales, según indicó la Comisión.

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